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A través de concepto, MinAmbiente se refirió al Plan de Contingencia para el Manejo de Derrames Hidrocarburos o Sustancias Nocivas

Escrito por  Ago 31, 2022

De acuerdo con lo dispuesto por el MinAmbiente en el presente concepto, los usuarios que exploren, exploten manufacturen, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias nocivas para la salud y para los recursos hidrobiológicos, deberán

estar provistos de un plan de contingencia para el manejo de derrames. El Plan de contingencia del presente artículo, deberá ser entregado a las autoridades ambientales en donde se realicen las actividades no sujetas a licenciamiento ambiental, con al menos 30 días calendario de anticipación al inicio de las actividades, con el fin de que estas lo conozcan y realicen el seguimiento respectivo a la atención, ejecución e implementación de las medidas determinadas por los usuarios en dichos planes.

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