restructuración de resguardos, en este último caso previa clarificación de los títulos coloniales o republicanos presentados por las respectivas comunidades.
A través del presente concepto se aclaró que las competencias y funciones de la Agencia Nacional de Tierras en punto a la dotación o formalización de territorios colectivos para las comunidades indígenas, se limita a la constitución, la ampliación, el saneamiento y la
restructuración de resguardos, en este último caso previa clarificación de los títulos coloniales o republicanos presentados por las respectivas comunidades.