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Texto de la sentencia que declara exequible el decreto que adoptó medidas en el sector salud, para contener el COVID-19, salvo la expresión en la que la ADRES- compensará automáticamente los saldos adeudados en caso de liquidación de EPS

Escrito por  Nov 09, 2020

La Corte declara exequible el artículo 15 del Decreto Legislativo 538 del doce (12) de abril de 2020, por el cual se adoptan medidas en el sector salud, para contener y mitigar la pandemia de COVID-19,  salvo la expresión “La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES-

compensará de manera automática los saldos adeudados por esta figura en caso de liquidación de Entidades Promotoras de Salud -EPS-" que incorpora el parágrafo 3 de dicho artículo, que se declara INEXEQUIBLE.

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