desde y dentro del territorio nacional, de acuerdo con los productos con mercurio añadido clasificados en las subpartidas arancelarias
Se modificó el artículo 2 del Decreto 419 de 2021 estableciendo que las disposiciones del presente decreto aplican a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de fabricación, importación o exportación, hacia o
desde y dentro del territorio nacional, de acuerdo con los productos con mercurio añadido clasificados en las subpartidas arancelarias