ordinario de los proyectos de hidrocarburos que cuenten con licencia ambiental o su equivalente, de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
El proyecto de norma tiene por objeto señalar los casos en los que no se requerirá adelantar trámite de modificación de la licencia ambiental o su instrumento equivalente, para aquellas obras o actividades consideradas cambios menores o de ajuste normal dentro del giro
ordinario de los proyectos de hidrocarburos que cuenten con licencia ambiental o su equivalente, de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).