sujetas a instrumentos de planeación”. Así se encuentra consignado en un reciente concepto emitido por la Entidad en el que, además se fija el alcance del decreto distrital 555-2021 sobre el cambio de uso de las zonas o bienes de uso público.
“Será posible cambiar el uso de un bien de uso público sin cambiar su destinación al uso público, previo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, siempre y cuando no se enmarque en actuaciones
sujetas a instrumentos de planeación”. Así se encuentra consignado en un reciente concepto emitido por la Entidad en el que, además se fija el alcance del decreto distrital 555-2021 sobre el cambio de uso de las zonas o bienes de uso público.