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Concepto de la DIAN sobre Retención en la fuente en contratos de mandato

Escrito por  Jun 23, 2022

De acuerdo con el presente concepto, los contratos de mandato, incluida la administración delegada el mandatario practicará al momento del pago o abono en cuenta, todas las retenciones del impuesto sobre la renta, ventas, y timbre establecidas en las normas vigentes, teniendo en cuenta para el efecto la calidad del mandante.

Así mismo, cumplirá todas las obligaciones inherentes al agente retenedor. El mandante declarará los ingresos y solicitará los respectivos costos, deducciones, impuestos descontables y retenciones en la fuente, según la información que le suministre el mandatario, el cual deberá identificar en su contabilidad los ingresos recibidos para el mandante y los pagos y retenciones efectuadas por cuenta de este. El mandante practicará la retención en la fuente sobre el valor de los pagos o abonos en cuenta efectuados a favor del mandatario por concepto de honorarios.” Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1.6.1.4.9. del Decreto 1625 de 2016.

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Modificado por última vez en Jueves, 23 Junio 2022 07:35