El Consejo de Estado declaró la caducidad de la acción en demanda instaurada por La E.S.E. Hospital José María Hernández, quien pretendió que se le indemnizaran los perjuicios causados por la supuesta omisión en el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control de la SuperSalud respecto del proceso de intervención forzosa y liquidación de la E.P.S. Selvasalud S.A., lo cual, en su criterio, le impidió obtener el pago de los servicios prestados a los afiliados de tal E.P.S. hasta tanto fueron trasladados a otra E.P.S. del régimen subsidiado.