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CGR aclaró disposiciones sobre la configuración de daño antijuridico contra el patrimonio público, con ocasión de la renuncia expresa de intereses por parte de una ESE a favor de una Entidad Territorial

Escrito por  Jun 10, 2022

La CGR indicó que, "la renuncia expresa de intereses por parte de una condonación de una Empresa Social del Estado (ESE) a favor de una Entidad Territorial en el marco de un contrato de transacción realizado en los términos establecidos por el numeral "iii" del literal "b" del artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, dirigido al saneamiento financiero de sector salud, no configura un daño antijuridico contra el patrimonio público en los términos del artículo 6 de la Ley 610 de 2000. Lo anterior, en la medida que existe una norma legal habilitante, para la cofinanciación de la Nación del pago de las deudas de los servicios y tecnologías en salud no financiadas con cargo a la UPC del régimen subsidiado que agoten el procedimiento descrito en el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019."

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