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Concepto de la CGR sobre la acción fiscal frente a casos de intervención o demolición de obras calificadas como inconclusas

Escrito por  Jun 15, 2022

A través del presente concepto, la Entidad indicó que corresponde a cada entidad, realizar el análisis jurídico, técnico y financiero que soporte la decisión sobre la intervención o demolición de la obra calificada como inconclusa.

Del acto administrativo que disponga la demolición, deberá enviarse copia a la Contraloría General de la República o a las Contralorías Territoriales, para lo de su competencia. Para que proceda la acción fiscal debe presentarse en primer término un daño al patrimonio público, el cual debe ser establecido en las acciones propias del organismo de control fiscal competente para tal efecto


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