De acuerdo con el concepto 220-115479-2022 publicado por SuperSociedades, constituirá causal de disolución de una sociedad comercial el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha al cierre del ejercicio, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.