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Consejo de Estado revocó sentencia que declaró nulo el acto de adjudicación de un contrato, producto de una convocatoria pública de concurso de méritos, suscrito entre el municipio de Dos Quebradas y el Consorcio Inti Consultec

Escrito por  May 10, 2022

Para la Sala, “el pliego de condiciones del referido concurso de méritos alcanzó estatus de estable legalidad, pues su presunción no fue quebrada en juicio ante la configuración de la caducidad; de allí que la aplicación de sus reglas, incluida la prevista en el numeral 4.1.1.1 no está afectada de un vicio de nulidad y, en consecuencia, resulta incongruente que el a quo hubiese

declarado la nulidad del acto de adjudicación basado en la ilegalidad parcial de un pliego cuyo medio de control no fue presentado oportunamente en juicio”. El Consorcio INTI CONSULTEC presentó demanda contra el municipio de Dosquebradas con el fin de que se inaplicara, con efectos Interpartes, la Resolución por medio de la cual se declaró abierto el proceso de un concurso de méritos para la interventoría técnica, administrativa y financiera de la construcción megacolegio sector La Macarena, en este municipio y la resolución que adoptó el pliego de condiciones, al otorgar un puntaje de 25 puntos adicionales al director de interventoría que acreditara diplomado, especialización o maestría en cualquier área (incluso no relacionada con el objeto a contratar), al considerar que la adjudicación del contrato  imposibilitó una verdadera selección objetiva. En la sentencia de primer grado, el Tribunal Administrativo de Risaralda declaró la nulidad de la Resolución que adjudicó el concurso de méritos y condenó al municipio demandado al pago de la utilidad dejada de percibir a favor del actor; las demás pretensiones fueron negadas.

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