La CGR aclaró que, la decisión sobre intervenir una obra inconclusa para terminarla o demolerla, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 2020 de 2020, compete a la entidad contratante, es decir, al Municipio, en el evento en que la obra involucre recursos públicos. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.