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Texto de la sentencia de la Corte que determinó que las personas privadas de la libertad con enfermedades mentales, deben ser valoradas por Medicina Legal para determinar si permanecen en un centro de reclusión o deben ser remitidos a centros especia

Escrito por  May 06, 2022

Esta Corporación ordenó al INPEC y la USPEC que, dentro del marco de sus competencias, de manera coordinada y articulada, soliciten a Medicina Legal que valore por la especialidad de psiquiatría al recluso, a fin de determinar si, de conformidad con el

artículo 24 de la Ley 65 de 1993, su trastorno mental sobreviniente es incompatible con la privación de la libertad en un centro penitenciario y carcelario. Lo anterior teniendo en cuenta su historia clínica completa.

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Modificado por última vez en Viernes, 06 Mayo 2022 09:59