celebrado entre las partes, para la prestación del servicio público de aseo en el Distrito Capital, bajo la figura de área de servicio exclusivo.
El Consejo de Estado declaró infundado el recurso extraordinario de anulación interpuesto por la sociedad Promoambiental Distrito S.A.S. E.S.P., contra un laudo arbitral constituido para dirimir las controversias contractuales suscitadas entre dicha sociedad y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP-, en desarrollo de un Contrato de Concesión
celebrado entre las partes, para la prestación del servicio público de aseo en el Distrito Capital, bajo la figura de área de servicio exclusivo.