El artículo 1 de la Resolución MAVDT 1280 de 2010, “establece la escala tarifaria a partir del valor del proyecto y dependiendo de este factor, se determina el valor de la tarifa máxima a cobrar por los servicios de evaluación y seguimiento; en otras palabras, la cuantía del valor del proyecto, es la que permite clasificarlo dentro de la tabla y, por ende, le define la tarifa máxima a ser cobrada”.