De acuerdo con el presente concepto, las autoridades de tránsito podrán adelantar pruebas de embriaguez por alcohol a quienes conduzcan un vehículo automotor en las vías públicas dentro el territorio nacional; de otra parte, el estado de embriaguez por alcohol se determinará por medio de prueba que no cause lesión y que sea establecida por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.