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CE declaró infundado recurso de anulación contra un laudo arbitral conformado para dirimir las controversias entre la ENAM S.A. E.S.P. y MinMinas por un contrato de concesión para la prestación de servicios de energía eléctrica en el Amazonas

Escrito por  Mar 14, 2022

 Se declaró improcedente el recurso de anulación porque: “(I) en relación con la causal 7 (laudo en conciencia), porque el tribunal fundamentó su decisión en una argumentación jurídica; (II) no se configura la causal 8 sobre error por omisión: lo que se pretende es cambiar el sentido de la decisión; (III) el laudo es congruente, porque en él se resolvieron todas las pretensiones de la ENAM y,

en relación con lo dispuesto en la condena de los lodos, se concedió lo solicitado por el convocante”.

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Modificado por última vez en Lunes, 14 Marzo 2022 09:54