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SuperSociedades se refirió al proceso contable de las fusiones por absorción

Escrito por  Feb 21, 2022

A través del concepto 184243-2022 la SuperSociedades indicó que, "el reconocimiento de las partidas de las sociedades que serán absorbidas en la contabilidad de la sociedad absorbente se debe efectuar con el nivel de detalle (cuentas, terceros, centros de costos, etc.), que se requiera para lograr la trazabilidad necesaria para la administración pueda efectuar la verificación de las

afirmaciones de acuerdo a lo dispuesto en el artículo tercero del anexo 6 del Decreto 2420 de 2015, así como el Auditor Interno y el Revisor Fiscal en caso que la absorbente tenga estas dos últimas figuras. En una fusión el reconocimiento de las partidas transferidas en la contabilidad de la absorbente dependerá de las políticas contables que ha definido esta sociedad bajo el marco normativo que le corresponde aplicar conforme a lo establecido en el Decreto 2420 de 2015"

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