Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Corte Constitucional: deber de las autoridades juridiciales de ceñirse a las normas procesales que rigen sus actuaciones, no debe desconocer el principio constitucional de prevalencia de lo sustancial sobre lo formal

Escrito por  Feb 18, 2022

La Corte Constitucional revocó la sentencia de tutela proferida por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el 15 de abril de 2021, a través de la cual confirmó el fallo de tutela proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 22 de septiembre de 2020. En su lugar, tuteló los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de

justicia de la persona en comento. La Sala Plena señaló que, si bien las autoridades judiciales deben ceñirse a las normas procesales que rigen sus actuaciones, su aplicación no puede ser irreflexiva al punto de desconocer el principio constitucional de prevalencia de lo sustancial sobre lo formal, consagrado en el artículo 228 de la Carta.

Descargar documento

Modificado por última vez en Viernes, 18 Febrero 2022 10:12