El contingente se otorgará hasta por un monto equivalente al diez por ciento (10%) de las unidades producidas en el territorio nacional por cada una de las empresas autorizadas, sin superar en ningún caso el quince por ciento (15%) del valor de la producción de vehículos de las empresas autorizadas frente al valor FOS de los vehículos a importar por cada una de estas.