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Corte ordenó al ICBF que inaplique por inconstitucional la prohibición consagrada en el parágrafo del artículo 108 de la Ley 1098 de 2006 con respecto a un ciudadano que busca el reconocimiento de paternidad

Escrito por  Ene 11, 2022

El ICBF no permitió adelantar el trámite para el reconocimiento de paternidad de un adolescente, en razón a que éste fue declarado en situación de adoptabilidad. La Sala evidenció que el ICBF tenía conocimiento de las condiciones especiales de - “FPG”- que ameritan un enfoque diferenciado en atención a la excepcionalidad de la situación.

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Modificado por última vez en Miércoles, 29 Diciembre 2021 12:09