“Para la Sala está demostrado que el contratista no ofertó 11 centros de acopio. En el contrato, la demandante tampoco se obligó a tener ese número de centros. Por tanto, el Departamento no podía considerar no ejecutado, en la liquidación, parte del valor del contrato por esta razón. Esto resultaría contrario a la buena fe si se toma en cuenta que no se exigieron los 11 centros durante la ejecución del contrato. Por consiguiente, se declarará la nulidad parcial de la Resolución demandada y se condenará al pago de los que fueron descontados por este concepto”.