Todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que desarrollen cualquier tipo de actividad que genere residuos o desechos peligrosos en servicios de atención en salud de las que trata a presente resolución, que generen una cantidad inferior a 10.0 kg/mes; deberán solicitar la inscripción en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos.