Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 44

A través de concepto la SSPD se refirió a la posibilidad que tiene los prestadores de servicios de gas de cortar servicios en caso de usuarios que reincida en causal de suspensión

Escrito por  Dic 13, 2021

"Acorde a lo preceptuado por el artículo 141 de la ley 142 de 1994, el prestador servicio en caso de incumplimiento del pago de tres facturas de servicios y la reincidencia en una causal de suspensión dentro de un período de dos años por parte del usuario, así como en el evento de acometidas fraudulentas, podrá proceder a resolver el contrato y, en consecuencia, cortar el servicio prestado por esta." Así lo estableció la SSPD a través del presente concepto. 

Descargar documento

Modificado por última vez en Lunes, 13 Diciembre 2021 18:37