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A través d concepto, la CRA se refirió a la posibilidad que tienen los prestadores de solicitar modificación de carácter particular de fórmula tarifaria del mercado regional

Escrito por  Dic 03, 2021

“En el caso que la persona prestadora encuentre que la fórmula tarifaria del mercado regional no permite cumplir con los criterios previstos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994 podrá, en cualquier momento, solicitar ante esta Comisión de Regulación una modificación de carácter particular de la fórmula tarifaria en los términos previstos en los artículos 1.8.7.2.1.1. y siguientes

de la Resolución CRA 943 de 2021, compilatorios de la Resolución CRA 864 de 2018.” Así lo estableció la CRA a través del presente concepto.

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