Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Concepto de MinAmbiente sobre la destinación de una parte del impuesto predial para las actividades de protección y restauración del medio ambiente en el municipio correspondiente

Escrito por  Nov 29, 2021

A través del presente concepto, la autoridad Ambiental indicó que “las Corporaciones Autónomas Regionales, como sujetos activos, les corresponde destinar los recursos provenientes del porcentaje ambiental de los gravámenes a la propiedad inmueble, a la ejecución de programas y proyectos de protección o restauración del medio ambiente y los recursos naturales renovables,

de acuerdo con los planes de desarrollo de los municipios del área de su jurisdicción y que sólo, cuando la población dentro del área urbana del respectivo municipio, distrito, o área metropolitana, fuere superior a un millón de habitantes, el cincuenta por ciento (50%) del producto, se destinará a la gestión ambiental dentro del perímetro urbano, donde haya sido recaudado el impuesto”.

Descargar documento