redes físicas o humanas con terminal en los inmuebles o predios de los usuarios.
Los servicios públicos domiciliarios respecto de los cuales esta Superintendencia tiene asignadas las funciones de inspección, control y vigilancia, de conformidad con lo señalado en el artículo 79 de la Ley 142 de 1994 son: acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica y gas combustible, los cuales tienen como característica relevante que la prestación se hace a través de
redes físicas o humanas con terminal en los inmuebles o predios de los usuarios.