constitucionalidad de la “convención interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores” y su ley aprobatoria.
“Al considerar no solo que los postulados son compatibles con los mandatos constitucionales sino que, además, constituyen valiosas herramientas que potencializan y promueven la materialización de diversos principios y derechos constitucionales que se relacionan con la protección, igualdad, dignidad y los derechos de los adultos mayores”, la Corte declaró la
constitucionalidad de la “convención interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores” y su ley aprobatoria.