La Corte Constitucional declara exequible el artículo 152 de la Ley 906 de 2004 que trata sobre las Restricciones a la publicidad por motivos de interés de la justicia. Para la Sala, la facultad legal del juez penal para establecer, mediante auto motivado, restricciones al principio de publicidad en la etapa del juicio oral por motivos del interés de la justicia, no desconoce la libertad de información ni el derecho de participación.