Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 44

MinAmbiente se pronuncia sobre las competencias en el manejo de la Porcinaza Líquida a través de los planes de fertilización

Escrito por  Oct 19, 2020


En el marco de las funciones y competencias que la ley asigna a las corporaciones autónomas regionales, se encuentran las que le corresponden como máxima autoridad ambiental en su jurisdicción, de lo que se deriva el ejercicio de la evaluación, control y seguimiento en todo lo relacionado con el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables

y de cualquier actividad, proyecto o factor que genere o pueda generar deterioro ambiental, incluyendo cualquier forma de incorporación de sustancias al suelo.

Si como resultado del cumplimiento de estas funciones se identifica cualquier situación que pueda ser constitutiva de violación a las normas ambientales, corresponde a las corporaciones imponer las medidas preventivas y sancionatorias a que haya lugar. En consecuencia, la ausencia de un marco regulatorio actualizado, que se encuentre específicamente referido a la actividad porcícola, no obsta para que las autoridades ambientales ejerzan las labores de evaluación, control y seguimiento que les correspondan para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales.

Descargar documento

Modificado por última vez en Viernes, 23 Octubre 2020 11:09