De acuerdo con el concepto del MinMinas, la servidumbre es un gravamen que se impone sobre un inmueble para que este último permita beneficio o servicio a otro inmueble cuya propiedad está en cabeza de persona diferente. En relación con las servidumbres de conducción de energía y al ser esta una servidumbre legal, al momento de imponerse tal
servidumbre se constituye una limitación al dominio sobre el inmueble sirviente, sin que esto se entienda en ningún momento que el propietario del predio se desprenda de las facultades que tiene sobre este respecto de su uso, goce y disposición, siempre respetando la servidumbre que sobre él se ha constituido.
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