Sobre la suspensión o corte del servicio y la terminación del contrato de servicios públicos, al configurarse alguna de las causales establecidas en las disposiciones legales y regulatorias y, en consecuencia, en el contrato de condiciones uniformes, los prestadores deben garantizar al usuario o suscriptor el derecho al debido proceso, en particular, el derecho
de defensa y contradicción. El incumplimiento del contrato por parte del suscriptor o usuario da lugar a la suspensión del servicio en los eventos señalados en las condiciones uniformes del contrato de servicios y en todo caso en los eventos indicados en el presente concepto.
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