remitir a la Superservicios a través del sistema de gestión documental.
La SSPD estableció los lineamientos para el cargue de información que deben reportar al Sistema Único de Información – SUI los Auditores Externos de Gestión de Resultados y las Oficinas de Control Interno de las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, así como la información que los mismos deben
remitir a la Superservicios a través del sistema de gestión documental.