$1.524’400.000, suma que debía ser invertida en la ejecución del objeto pactado y, en caso de que así no fuera, debía ser reintegrada al finalizar el plazo estipulado para el desarrollo de la obra. El INVIAS discute que el Departamento le debe reintegrar unas sumas de dinero que, si bien fueron comprometidas en vigencia del contrato interadministrativo, no se ejecutaron en el plazo pactado. El Tribunal Administrativo declaró que el Departamento tenía la obligación de reintegrar al INVIAS las sumas controvertidas y, en consecuencia, lo condenó a su pago. La Sala confirmó la sentencia proferida por el Tribunal, precisando que el valor del saldo de la liquidación, actualizado a la fecha de este proveído, corresponde a la suma de $132’147.666.