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En una acción de tutela, la Corte analizó el pago de los honorarios de las Juntas de Calificación de Invalidez

Escrito por  Sep 16, 2021

La providencia señaló que se ha reiterado que estarán a cargo del pago de los honorarios de estas Juntas, las entidades de previsión o seguridad social ante quienes actúan, o la administradora a la que esté afiliado la persona que está solicitado su valoración. “Estos emolumentos están, en principio, a cargo de la Administradora del Fondo de Pensiones o la

Administradora de riesgos laborales a la que se encuentre afiliada la persona que vaya a ser valorada, dependiendo de si su diagnóstico es una enfermedad de origen común o laboral”. 

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