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Corte Constitucional: “la limitación establecida en el artículo 336 del ET es aplicable a todas las exenciones asociadas a rentas laborales, rentas no laborales y rentas de capital”

Escrito por  Sep 16, 2021

De acuerdo con el texto de la sentencia, “la Ley 1819 de 2016 estableció un sistema cedular para la determinación de la renta gravable de las personas naturales dependiendo del origen de las rentas. Se estableció, entonces, una cédula para las rentas laborales y se establecieron, además, cédulas para la determinación de las rentas líquidas correspondientes a pensiones, rentas de

capital, rentas no laborales y dividendos y participaciones. Por su parte, las Leyes 1943 de 2019 y 2010 de 2019 simplificaron el sistema cedular para la determinación de la renta gravable de las personas naturales, reduciendo el número de cedulas de cinco (5) a tres (3)”. “El proceso de depuración de la cédula general es el mismo que establecía la Ley 1819 de 2016 para la cédula de rentas laborales y consiste en sumar todos los ingresos (laborales, no laborales y de capital) y restar los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. De este resultado se restan (I) los costos y deducciones imputables a rentas de trabajo derivadas de una fuente diferente a la relación laboral o legal y reglamentaria, y (II) los costos y gastos imputables a rentas no laborales y rentas de capital. La Corte declaró exequible el aparte demandado del artículo 336 del Estatuto Tributario, tal como fue modificado por el artículo 41 de la Ley 2010 de 2019, en el entendido de que las limitaciones en el previstas no son aplicables a las exenciones concedidas con anterioridad a la expedición de la Ley 1943 de 2018 que supongan o exijan el cumplimiento de una contraprestación para poder gozar de la exención y dicha contraprestación se haya cumplido.

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