“En aquellos casos en los que la persona prestadora solicitante y destinataria de la modificación de la fórmula tarifaria, se retira de la operación, se debe tener presente que el acto administrativo a través del cual se accedió a la pretensión de modificación de la fórmula tarifaria, produce efectos respecto de la misma puesto que se adecúa a su situación particular, dado
que en el marco de las actuaciones administrativas se analizan casos concretos y por ende, la decisión que allí se adopta produce efectos inter-partes, es decir, que involucra únicamente a los prestadores que presentan la solicitud o a aquellas que intervienen en una eventual controversia.”
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