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Consejo de Estado analizó la procedencia de la deducción especial en declaración del impuesto sobre la renta, por inversión en activos fijos reales productivos en etapa de construcción, adquiridos mediante Leasing

Escrito por  Ago 30, 2021

Para el Consejo de Estado, el a quo consideró que “la deducción especial debatida era improcedente, puesto que el activo objeto del beneficio estaba en construcción, y porque la opción de compra pactada a favor de la demandante correspondía a una «facultad del locatario más no una opción irrevocable”.

Para la Sala, vistos el plazo pactado en el acuerdo y lo informado por la institución financiera, los cánones estipulados eran exigibles a partir del 2009, “de suerte que solo serían deducibles a partir de ese año, pues la disposición mencionada permite la deducción de los emolumentos «causados» en el periodo gravable”.

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