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SuperSociedades emitió concepto sobre la obligatoriedad de registrar la prima en colocación de aportes ante la Cámara de Comercio de Bogotá

Escrito por  Ago 30, 2021

El concepto 220-103001-2021, indica que la prima en emisión de acciones solo tiene lugar en la suscripción de acciones de la sociedad y no en la enajenación de acciones que haga su titular (accionista). Así pues, la prima en emisión de acciones debe tener origen en un contrato de suscripción de acciones, y ésta se materializa cuando la sociedad emite acciones y quienes que las suscriben pagan por las mismas un mayor valor al nominal asignado a cada acción.

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Modificado por última vez en Lunes, 30 Agosto 2021 09:22