El Consejo de Estado asume el conocimiento del asunto por vía del control inmediato de legalidad de la resolución N°. 1044 de 24 de julio de 2020, mediante la cual, se suspendió la atención presencial al público, las visitas, reuniones y salidas de campo por parte de la entidad autora, se estableció que se seguiría prestando el servicio mediante el trabajo en casa,
las actividades que están exceptuadas de dicha medida, se suspendieron los trámites y actuaciones administrativas que se surten al interior de la entidad como las solicitudes de licencias, las autorizaciones y permisos ambientales, los procesos sancionatorios en curso, entre otras.
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