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Jueves, 28 Mayo 2026

Edición 1651 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La Sala declara legalidad condicionada del artículo 8 de la Resolución 5956 del 3 de abril de 2020 de la CRC, en el entendido de que la suspensión de los efectos relacionados con la publicación mensual de los indicadores de calidad de atención establecidos en varios numerales de la Resolución CRC 5050 de 2016, se predica respecto de la periodicidad con la que debe hacerse la publicación, mas no de la obligación de publicar la información.

La Sala declara legalidad condicionada del artículo 8 de la Resolución 5956 del 3 de abril de 2020 de la CRC, en el entendido de que la suspensión de los efectos relacionados con la publicación mensual de los indicadores de calidad de atención establecidos en varios numerales de la Resolución CRC 5050 de 2016, se predica respecto de la periodicidad con la que debe hacerse la publicación, mas no de la obligación de publicar la información.

La Sala niega la medida cautelar solicitada, al no encontrar transgresión crasa o evidente de las normas que sustentaron la solicitud y a que tampoco prosperaron las pruebas.

Consejo de Estado precisa presupuestos para la aceptación de la corrección de la declaración tributaria provocada por el requerimiento especial y la improcedencia de la figura de la condición especial de pago para disminuir el monto de la sanción por inexactitud reducida y liquidada en dicha corrección.

Consejo de Estado precisa presupuestos para la aceptación de la corrección de la declaración tributaria provocada por el requerimiento especial y la improcedencia de la figura de la condición especial de pago para disminuir el monto de la sanción por inexactitud reducida y liquidada en dicha corrección.

Consejo de Estado precisa presupuestos para la aceptación de la corrección de la declaración tributaria provocada por el requerimiento especial y la improcedencia de la figura de la condición especial de pago para disminuir el monto de la sanción por inexactitud reducida y liquidada en dicha corrección.

Consejo de Estado precisa presupuestos para la aceptación de la corrección de la declaración tributaria provocada por el requerimiento especial y la improcedencia de la figura de la condición especial de pago para disminuir el monto de la sanción por inexactitud reducida y liquidada en dicha corrección.

“El artículo 27 de la Ley 1393 de 2010 no dice qué debe hacer el contratante si considera, por ejemplo, que el contratista liquida aportes sobre una base diferente o en qué tipo de contratos de prestación de servicios debe hacer la verificación, si también tiene este deber en contratos en los que el prestador obra como empresario y realiza la labor a través de sus empleados u otros contratistas”.

“El artículo 27 de la Ley 1393 de 2010 no dice qué debe hacer el contratante si considera, por ejemplo, que el contratista liquida aportes sobre una base diferente o en qué tipo de contratos de prestación de servicios debe hacer la verificación, si también tiene este deber en contratos en los que el prestador obra como empresario y realiza la labor a través de sus empleados u otros contratistas”.

“El artículo 27 de la Ley 1393 de 2010 no dice qué debe hacer el contratante si considera, por ejemplo, que el contratista liquida aportes sobre una base diferente o en qué tipo de contratos de prestación de servicios debe hacer la verificación, si también tiene este deber en contratos en los que el prestador obra como empresario y realiza la labor a través de sus empleados u otros contratistas”.