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Congreso dio a conocer algunos comentarios al proyecto de ley sobre IA por parte de la SIC, la Asociación Latinoamericana de Internet y la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones

Escrito por  Ene 31, 2024

Para la SIC, esta iniciativa debe tramitarse como ley estatutaria, en tanto pretenda modificar el régimen de protección de datos personales. Señala que es MinCiencias la Entidad que, por llevar un conocimiento técnico, debe ser la encargada de ejecutar las labores en lo que respecta a Tecnología en Innovación, dada su especialidad. En concepto de la Entidad, la iniciativa debe modificar el artículo 9, relativo a la transparencia en el uso de la IA, en el que, propone, entre otros criterios, “una evaluación de los riesgos específicos para los derechos y libertades de los titulares de los datos personales”.

Por su parte, la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones indica, entre varios comentarios, precisa que el artículo 18 del proyecto de IA, relativo a Auditoría de algoritmos, “no dispone de garantías en torno a derechos de propiedad intelectual, que podrían verse afectados ante una intromisión injustificada en los procesos utilizados en los sistemas de Inteligencia Artificial.”; sobre el artículo 19, referente a la certificación de sistemas de IA, el gremio agrega que la iniciativa “no contempla la confidencialidad necesaria a efectos de proteger cualquier secreto comercial o industrial que dicho registro implique”.

A su vez, para la Asociación Latinoamericana de Internet, el Artículo 18, relativo a la auditoría de algoritmos”, podría “vulnerar los secretos empresariales de las empresas desarrolladoras de la IA”. Los tres comentarios coinciden en que la iniciativa debe “contemplar lo establecido en el régimen general de protección de datos personales”.

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Modificado por última vez en Jueves, 01 Febrero 2024 20:08