La presente ley tiene por objeto establecer lineamientos generales para la racionalización del trámite de convalidación de títulos, con el fin de hacerlo más ágil, simple y eficiente. Los sujetos obligados en el marco de la presente ley serán el Ministerio de Educación Nacional y las entidades vinculadas o adscritas a este ministerio, y aquellas relacionadas con la convalidación de títulos