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Martes, 07 Mayo 2024

Edición 1160 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El proyecto de ley propone establecer un régimen de transición para la protección de los contratistas vinculados bajo la modalidad contractual de prestación de servicios en el sector público de acuerdo con lo establecido en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, siempre y cuando sean de dedicación exclusiva y posean un único contrato con una entidad del sector público o de poseer varios no posean ingresos que los obliguen a declarar renta; la actualización de plantas de personal de las entidades del Estado junto con la modernización de las mismas; y la prevención del encubrimiento de relaciones laborales bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios que se celebren para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de las entidades del sector público.

Dentro de los dos años siguientes a la promulgación de la presente ley, tendrán derecho al reconocimiento de su pensión de vejez anticipada, quienes con ocasión a la crisis económica generada por la pandemia Covid – 19, se encuentren cesantes, hayan cotizado el número de semanas requeridas para el reconocimiento de su pensión de vejez y tuvieren como mínimo 50 años de edad si es mujer y 55 años de edad si es hombre, pero le faltare cumplir el requisito de la edad. Así lo propone un proyecto de ley

La bancada del Partido Conservador con asiento en la Cámara de Representantes pone a consideración del Congreso este proyecto de ley que busca modificar disposiciones del proceso de insolvencia de personas naturales no comerciantes, garantizando a los acreedores, los principios procesales de transparencia y debido proceso, para que, dentro de un concepto de bien común, puedan negociar y recibir el pago de sus acreencias en términos que resulten razonables. 

Representantes a la Cámara presentaron Proyecto de Ley   que buscaría garantizar que los consumidores y/o usuarios de los servicios públicos domiciliarios no asuman costos que son propios para la prestación del servicio como, por ejemplo, el pago por cambios, suministro, mantenimiento o reparaciones de medidores o contadores en sus unidades domiciliarias,

La iniciativa presentada por el partido Alianza Verde, prohibiría en el territorio colombiano la utilización de la Técnica de Fracturamiento Hidráulico Multietapa con Perforación Horizontal – FH-PH (Fracking), para la exploración y explotación de recursos naturales no renovables de hidrocarburos en roca generadora de yacimientos no convencionales, incluyendo las medidas legales y administrativas para los proyectos piloto integrales de investigación de dicha técnica.

Los Colaboradores Autónomos que presten sus servicios a través de las Plataformas Digitales de economía colaborativa, deberán estar afiliados en calidad de independientes al Régimen de Seguridad Social, a la respectiva Entidad Promotora del Servicio de Salud (EPS), Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) y Administradora de Fondos Pensionales (AFP), sin perjuicio de su vinculación a varias Plataformas Digitales de economía colaborativa o encontrarse afiliado de manera simultánea en calidad de dependiente. Agrega el proyecto de ley que el Colaborador Autónomo efectuará y asumirá la afiliación y aportes a la respectiva Entidad Promotora del Servicio de Salud (EPS) y a la Administradora de Fondos Pensionales (AFP), no obstante, cuando el IBC del Colaborador Autónomo sea mayor a un (1) salario mínimo legal mensual vigente, la Plataforma Digital podrá efectuar la retención y giro de los aportes al Sistema de Protección Social a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) a nombre del Colaborador Autónomo. Las Plataformas efectuarán y asumirán la afiliación y aporte a la respectiva Aseguradora de Riesgos laborales (ARL), así como la contratación y pago de los seguros de los que trata el artículo 10 de la presente Ley. Los aportes o cotizaciones de los Colaboradores Autónomos serán liquidados mes vencido en atención a la totalidad de ingresos mensuales que perciba de una o varias Plataformas Digitales de economía colaborativa en el mes anterior.