Para la Sala, “en el caso de los servicios de intermediación, el parágrafo 2° del artículo 33 de la Ley 14 de 1983 establece que se debe entender como base gravable de los mismos el valor de los honorarios, comisiones y demás ingresos propios del intermediario”. Los ingresos gravados con ICA corresponden a los ingresos propios del contribuyente, y no a ingresos de terceros,
De acuerdo con el concepto, las garantías que se constituyan ante U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para amparar el cumplimiento de obligaciones aduaneras son las Garantías globales, Garantías específicas, y Garantías de pleno derecho. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.
De acuerdo con la doctrina publicada por la DIAN, la retención no es un impuesto, sino un mecanismo de recaudo anticipado del tributo y consiste en restarle al valor del pago o abono en cuenta, el porcentaje o tarifa establecida en el ordenamiento.
El despacho constata que el demandante discute la legalidad de los actos que liquidaron oficialmente los aportes parafiscales e impusieron sanción por inexactitud. Por tanto, es pertinente aplicar la regla del artículo 156-7 del CPACA, que prevé que cuando se discute el monto, distribución o asignación de impuestos, tasas y contribuciones nacionales, departamentales,
Para la Sala, la actora conocía los títulos objeto de cobro coactivo (en este caso porque se tratan de declaraciones presentadas por ella misma) y, por lo tanto, no puede desconocer la existencia de sus obligaciones con la demanda de la referencia. Se reitera, en este caso el error fue cometido en el acto que ordena continuar con la ejecución y, pese a él,