A través del acto administrativo se distribuye parcialmente la apropiación destinada a la fiscalización del exploración y explotación de yacimientos mineros en la jurisdicción de Antioquia para la vigencia 2020 por un total de $8.816.373.253
La licencia de explotación, incluidas las licencias especiales de explotación de materiales de construcción, si bien se enmarcan en la definición y naturaleza de los títulos mineros, no son consideradas un contrato de concesión minera, puesto que presentan características y condiciones propias y particulares.
A través del acto administrativo se establecen las condiciones y periodicidad para la presentación de la información por parte de los titulares mineros ante la ANM sobre la estimación de recursos y reservas minerales existentes en el área concesionada, de conformidad con el Estándar Colombiano de Recursos y Reservas u otro Estándar Internacional reconocido por el Committee for Mineral Reserves International Reporting Standards — CRIRSCO.
El procedimiento para la imposición de servidumbres mineras será el previsto en la Ley 1274 de 2009, por la cual se establece el procedimiento de avalúo para las servidumbres petroleras.
La explotación de un recurso natural no renovable causará, a favor del Estado, una contraprestación económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho o compensación que se pacte. La ley determinará las condiciones para la explotación de los recursos naturales no renovables.