“Al estudiar la legalidad de los apartes demandados del artículo 283 de la Ordenanza 336 de 2012, expedida por la Asamblea Departamental de La Guajira, la Sala concluyó que la estampilla Pro Universidad de La Guajira no desconoce la prohibición de gravar la exploración y explotación de recursos naturales no renovables con impuestos territoriales:
El MinMinas publicó los resultados de la encuesta de Caracterización de Infraestructura en el sector minorista de la cual recibieron un total de 5.550 respuestas sobre los sistemas automáticos de administración, número de mangueras, sistemas de medición y control, dispensadores electrónicos de cuentas EDS entre otros aspectos que puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.
A través del acto administrativo se establecen lineamientos para el ejercicio de la mediación como instrumento que contribuya a la solución de los conflictos que se presenten entre los titulares mineros y los explotadores mineros que vienen adelantando actividades dentro del área del título, para apoyar la formalización de la pequeña minería a través de la figura de la devolución de áreas.
La sala negó la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de las resoluciones de la ANM GSC-ZC 00010 de 2016 y GSC-000128 de 2017, por medio de auto del 29 de marzo de 2019. Al estudiar los medios de convicción que obran en el expediente, halló que el área de concesión minera del contrato No. 0289-15,
La ANM, la Asociación de Profesionales del Sector Minero de Colombia – AIMC y la Facultad de Minas de la Universidad Nacional- UN, publicaron el ‘Decálogo para la prevención de accidentes por causas geomecánicas en excavaciones mineras’.