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Lunes, 12 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La norma modifica, de manera temporal, la destinación de los recursos provenientes del impuesto nacional al consumo para inversión social en cultura (artículo 512-2 del Estatuto Tributario) y los reorienta al pago de transferencias monetarias no condicionadas o incentivos económicos a favor de los artistas, creadores y gestores culturales en estado de vulnerabilidad o en situación de discapacidad. Esto, con dos objetivos claros: (I) garantizar su subsistencia y la protección de su derecho fundamental al mínimo vital y (II) «agilizar los procesos para la recuperación de sus capacidades sociales, productivas y financieras. 

El proyecto de decreto pretendería desdoblar las subpartidas arancelarias 0804.40.00.00 y 6307.90.30.00 de acuerdo con la tabla descriptiva que hace parte integral del documento publicado por la entidad.

En el Reporte de Estabilidad Financiera del primer semestre de 2020 publicado por el Banco de la República, se presentó un análisis del comportamiento reciente de los mercados de deuda privada, deuda pública y acciones, con el fin de identificar la tendencia de las curvas de valoración, así como del índice accionario de referencia para el país. Esto con el fin de identificar posibles fuentes de vulnerabilidad para el sistema financiero en lo referente al riesgo de mercado al que está expuesto.

Los Centros de Diagnóstico Automotor - CDA que al 30 de septiembre de 2020, tengan en su inventario Certificados de Revisión Téc­nico-mecánica y de emisiones contaminantes, conforme al formato dis­puesto en la Resolución 5111 del 28 de noviembre de 2011, adicionada por la Resolución 4776 de 2016, deberán reportar a la Subdirección de Trán­sito del Ministerio de Transporte, con el fin de proceder a su destrucción y respectiva anulación en el sistema del Registro Único Nacional de Trán­sito - RUNT a partir del 1 de octubre de 2020.

Descargar documento

El Ministerio de Transporte publica para comentarios el proyecto de resolución sobre un procedimiento transitorio para la reorientación de los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina desde el día 01 de julio de 2020 al 02 de julio de 2020 en la página web de la entidad www.mintransporte.gov.co, con el fin que sea conocido y se presenten observaciones, opiniones, sugerencias o propuestas alternativas al contenido.