La Sala observa que la marca nominativa ALPINITO CRECIMIENTO está conformada por un elemento denominativo compuesto, que analizada íntegramente no es descriptiva de los productos que ampara, sino que en su conjunto evoca en el consumidor promedio una característica adjetiva, mediante la palabra “crecimiento”. La Sala concluye que en el presente asunto
El Gobierno declara la existencia de una situación de Desastre Departamental en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, por el término de doce (12) meses prorrogables hasta por un periodo igual, previo concepto favorable del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo.
El magistrado Alberto Rojas Ríos tiene dispuestas, entre otras, la continuidad de varias actividades dentro de las que se encuentran: el XV Encuentro de la Jurisdicción Constitucional que se realizará de manera semipresencial en Pereira los días 28 y 29 de enero de 202; La traducción de la Constitución Política de Colombia al inglés con el apoyo de Constitute Project,
“La decisión obedece a una demanda que interpusieron dos contratistas del ingenio, quienes se vieron perjudicados por la suspensión en la ejecución de los contratos que habían celebrado con el ingenio para proveerlo de caña de azúcar durante 10 años, a partir de 1994”- agrega el comunicado desarrollado a través del fallo.
La Alta Corte dejó sin efectos algunas expresiones contenidas el acto administrativo emitido por el ministerio de Educación, Entidad que emitió la Directiva No. 05 de 25 de marzo de 2020, las cuales fueron declaradas inconstitucionales e ilegales de las expresiones «No se podrá adelantar contratación de la prestación del servicio educativo para adultos